A partir del 1 de octubre de 2021, los peajes de acceso de gas sufrirán diversos cambios, impulsados por la nueva normativa gubernamental. Pero ¿Cuáles son estos cambios y cómo te afectan?
Resumen:
¿Qué son los peajes de acceso de gas?
Los peajes de acceso de gas son los pagos regulados incluidos en tu factura de gas. A partir del 1 de octubre de 2021 el gobierno ha establecido unos cambios en estos pagos regulados denominados peajes de acceso de gas o tarifas de acceso de gas, que son los costes que los usuarios tienen que abonar por disponer de gas natural en su punto de suministro y hacer uso de la red de distribución. En función del consumo anual, la distribuidora asigna la tarifa de peaje de acceso de cada punto de suministro.
Estos pagos son los mismos para todas las comercializadoras y, por ende, son obligatorios. Podo solo actúa como canalizador de dichos pagos hacia la distribuidora. El gobierno impulsará una nueva normativa para los peajes de acceso que entrará en vigor a partir del 1 de octubre de 2021, que modifica la metodología de cálculo utilizada para determinar los precios que deberán pagar los consumidores para cubrir los costes regulados del sistema gasista. Dichos precios y costes regulados vendrán fijados por el Gobierno y la CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia).Este cambio afectará a todos los clientes del gas, independientemente de la comercializadora que les suministre.
¿Qué cambios hay en las tarifas de peaje de acceso de gas?
En la normativa anterior sobre peajes de acceso de gas, se incluía dentro de los costes el transporte, la distribución, los cargos del sistema, almacenamiento y la regasificación del gas natural, y aplicaban tanto en el precio fijo como en el precio variable de la tarifa, unificando así los diversos costes añadidos. Esto dejará de ser así a partir del 1 de octubre.
A continuación, te explicamos en detalle estos cambios:
Cargos en el sistema
Los cargos del sistema se corresponden con la cuantía que han de abonar los usuarios de las instalaciones para sostener los costes regulados no asociados al uso de estas instalaciones. A partir del 01 de octubre de 2021, estos costes dejarán de formar parte del precio del peaje de acceso de gas y se cobrarán por separado dentro de la propia factura de gas. Esto quiere decir que en tu factura verás ahora reflejado con mayor claridad, el valor del peaje de acceso más los cargos del sistema.
Modificaciones en la manera de calcular la tarifa de gas
Con el fin de que la tarifa sea más personalizada para las necesidades de cada usuario, se han creado diferentes grupos tarifarios con un precio asociado a cada uno distribuidos de la siguiente manera:
Nueva clasificación tarifaria para peajes de la red local
Peaje de red Local (RL) |
Consumo anual |
---|---|
RL 1 |
Hasta 5.000kWh |
RL 2 |
Hasta 15.000kWh |
RL 3 |
Hasta 50.000kWh |
RL 4 |
Hasta 300.000kWh |
La mayoría de los usuarios españoles se encuentran actualmente dentro de los grupos 1 y 2. Sin embargo, con los cambios de peajes de acceso de gas habrá que revisar a qué categoría corresponderá ahora el suministro, dado que este dato puede variar en cada usuario. Hasta ahora, la clasificación de los peajes de acceso de gas a la red local poseían esta configuración:
Tarifas de acceso de gas actuales (Septiembre 2021)
Tarifas de acceso |
Consumo anual |
---|---|
Tarifa 3.1 |
Hasta 5.000kWh |
Tarifa 3.2 |
Hasta 50.000kWh |
Tarifa 3.3 |
Hasta 100.000kWh |
Tarifa 3.4 |
Más de 100.000kWh |
Todo ello se modificará a partir del 1 de octubre de 2021 y afectará a todos los usuarios de gas, indistintamente de la comercializadora o distribuidora.
Tarifas para nuevos suministros de gas
A diferencia de la electricidad, la tarifa de acceso de gas se revisa anualmente y de forma automática en función del consumo de cada usuario. Para hacer la clasificación de nuevos puntos de suministro, se tendrá en cuenta el cálculo del consumo anual previsto para el año en curso.
Un nuevo año de gas
Como mencionábamos antes, actualmente la tarifa de gas se revisa anualmente, teniendo como fecha la correspondiente al año natural (del 01 de enero al 31 de diciembre). A partir del 01 de octubre del 2021, el año comenzará a contar hasta el 30 de septiembre del próximo año y así sucesivamente, hasta nueva modificación.
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Resumen de los cambios principales en la factura de gas
Con la nueva normativa gubernamental sobre los peajes de acceso de gas, estos serán los cambios principales que verás en tu factura de gas (Circular 6/2020 de 22 de julio de la CNMC):
- Desaparecen los tramos tarifarios por presión y pasan a determinarse sólo por consumo. La cuantía del peaje de acceso de gas variará en función de la tarifa de acceso que te corresponda. Al contrario de lo que pasa con la electricidad, donde la tarifa de acceso la determina tu potencia contratada y no cambia a no ser que hagas alguna modificación, en el caso de la tarifa de acceso de gas, la revisión es anual y automática, de forma que, a partir del cambio de normativa, la distribuidora podrá cambiarte de una tarifa a otra, (hasta ahora en función del consumo y la presión del último año) y sólo en función de tu consumo.
- Se crean nuevos grupos tarifarios para peajes de red local. Con el objetivo de personalizar los peajes adaptándolos al consumo de cada usuario, se han creado diferentes grupos tarifarios con un precio asociado a cada uno. (Ver gráfico arriba)
- Se define un nuevo año de gas, que comprenderá desde el 1 de octubre al 30 de septiembre del año siguiente, y así sucesivamente.
Preguntas Frecuentes
¿Cuándo se empezarán a aplicar estos cambios en los peajes de acceso de gas?
Según indica el BOE del 25 de julio de 2020, que hace mención la Circular 6/2020, los nuevos peajes de transporte, distribución, redes locales y regasificación de gas natural se aplicarán a todos los consumidores de gas, indistintamente de la comercializadora, a partir del 1 de octubre de 2021.
¿A quién aplica estos cambios regulatorios?
Este cambio afecta a todos los usuarios que dispongan de este servicio, independientemente de la comercializadora con la que tengan contratado el suministro. Es un cambio generalizado del sector y no un cambio que sólo afecte a Podo. Todas las comercializadoras deben aplicar los mismos cambios.
Los costes de peaje y cargos definidos son los mismos para todas las comercializadoras y deben ser los mismos para todos los clientes según la tarifa que tengan contratada, o a la que se ajuste con la nueva normativa.
¿Por qué ahora se divide el concepto de peaje en 2: peajes y cargos?
Este cambio se realiza, en primer lugar, para ofrecer una mayor transparencia de los costes del mercado. Por esta razón, ahora los peajes estarán divididos en dos conceptos:
Por un lado, los peajes reflejarán los costes asociados a la operativa del sector (distribución, transporte y regasificación) y, por otro, los cargos reflejarán los costes asociados a la política energética (tasas de la CNMC y MITECO, retribución de MIBGAS y costes asociados del gas manufacturado en Canarias). Estos dos conceptos se verán reflejados de forma detallada en tu nueva factura de gas.
¿Con este cambio voy a pagar más por mi consumo?
No necesariamente. Esto dependerá de varios factores. Es posible que, al haber cambiado los costes regulados, se genere un cambio en los importes de la factura, que bien pueden ser al alza o a la baja, dependiendo del nuevo grupo tarifario asignado, así como de la cantidad de gas consumida. La previsión media inicial, y sin que se pueda personalizar en ningún cliente en concreto, es que esta nueva definición de peajes de acceso de gas suponga una rebaja en los costes regulados de la factura, al menos para los clientes domésticos.
¿Quién y cómo se me va a asignar el nuevo grupo tarifario?
En este sentido, la distribuidora será la responsable de asignar el grupo tarifario de cada suministro de gas. Ésta informará a la comercializadora (Podo, en este caso) para que informe a su vez al cliente final.
Para determinar cuál es el grupo tarifario que se asigna, la distribuidora tomará como referencia el consumo del suministro durante el período comprendido entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021.
¿Puedo hacer modificaciones sobre el grupo tarifario una vez me lo han cambiado por defecto?
Una vez entre en vigor esta nueva normativa, aplicada a partir de 1 de octubre, no se podrá realizar cambio de grupo tarifario, salvo circunstancias excepcionales, antes que finalice el año gas en vigor. Es decir, en este primer año se podrá realizar el cambio a 1 de octubre de 2022.
¿Cómo veré los importes de los peajes y cargos en la factura de gas?
Los peajes y los cargos se dividen en función de si corresponden al término fijo o al término variable.
En el caso del término fijo, el coste del peaje y cargo se traslada de forma directa en la factura, por lo que podremos comprobar el desglose de este.
En el caso del término variable de gas, el coste del peaje de acceso de gas y cargo del sistema va incluido dentro del precio final por el que se factura el consumo de gas. Las comercializadoras deben mostrar en algún momento cuál es el importe que corresponde a este peaje y cargo.
¿Cómo me facturarán los peajes de gas del término variable?
En este caso, es indiferente si el suministro dispone de equipo de medida de caudal o no, ya que en todos los casos el peaje del término variable de gas corresponde a un importe por cada kWh consumido (€/kWh). Dicho importe irá en función del nuevo grupo tarifario asignado.
El peaje del término variable irá incluido dentro del precio que ofrezca la comercializadora como precio final a facturar. En cualquier caso, la comercializadora deberá mostrar el importe total que corresponde a este concepto.
¿Por qué mi precio se ha modificado? ¿Me habéis subido / bajado el precio?
En Podo no hemos modificado el precio base de nuestros clientes. A nuestro precio base hay que aplicarle los peajes de acceso de gas, por lo que hemos actualizado estos conceptos en base a la publicación del nuevo Real Decreto. La parte regulada de estos costes sí se ha modificado, igual que lo tendrán que modificar el resto de las comercializadoras. Este punto afecta a todos los clientes del sector, indistintamente de su consumo.
Es por ello que cualquier modificación que pueda detectar en su precio viene derivada por los cambios de los importes regulados.
¿Qué sucede si el consumo anual es diferente al previsto por el grupo tarifario asignado al final del año de gas?
Al finalizar el año de gas correspondiente se valora el consumo real que ha tenido el suministro y se le asigna una reubicación, si procede, al nuevo grupo tarifario.
En el momento de reubicación del punto de suministro, la comercializadora procederá a refacturar el último año del peaje de salida a la red de transporte, del peaje de acceso a las redes locales y el peaje de otros costes de regasificación teniendo en cuenta el grupo tarifario que le corresponda según el consumo real del usuario.
Sólo se aplicará refacturación a los suministros conectados a redes de presión iguales o inferiores a 4 bar sin obligación de disponer de telemedida.
27 septiembre, 2021